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BANDO ANIMALES DE COMPAÑIA2026-07-22 08:22:14Info General
BANDO MUNICIPAL
ANIMALES DE COMPAÑÍA
Se están recibiendo en este Ayuntamiento QUEJAS VECINALES relativas a los ladridos de los PERROS a deshoras, en este sentido se indica, haciéndolo extensible a todo el municipio, que:
La ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO DEL HONTANARES DE ERESMA (la tenéis en la web del Ayuntamiento), establece:
Apartado: RUIDOS RELATIVOS A LOS ANIMALES DOMÉSTICOS
Artículo.- 24.
Prohibiciones Expresas
Se prohíbe, desde las veintidós hasta las ocho horas, y entre las quince y las diecisiete horas, dejar en los patios, terrazas, balcones, galerías o jardines privados, animales que con sus sonidos, gritos o cantos perturben el normal descanso de los vecinos. En las demás horas también deberán ser retirados por sus propietarios o encargados, cuando sean especialmente ruidosos y notoriamente ocasionen molestias a los demás ocupantes del inmueble o a los de casas vecinas.
Apartado: INFRACCIONES
Artículo.- 26.
Infracciones.
B) Dejar en patios, terrazas, galerías y balcones, animales que con sus sonidos, gritos o cantos perturben el descanso de la vecindad, entre las veintidós y las ocho horas y entre las quince y las diecisiete horas, o incluso fuera de estos horarios, cuando sean especialmente ruidosos y notoriamente ocasionen molestias a los demás ocupantes del inmueble o en las casas vecinales.
Desde este Ayuntamiento no se podrá dar cumplimiento a la ordenanza de Oficio, siendo necesaria la presentación de denuncia concreta con nombre y apellidos contra el propietario del animal que causa las molestias.
En este sentido indicar que la Comandancia de la Guardia Civil nos comunica la puesta en marcha de la denominada CITA PREVIA, para realizar las denuncias oportunas, de las cuales nos darán traslado para el inicio del expediente sancionador correspondiente.
Con esta misma fecha se da instrucciones a la Guardia Civil para que patrulle por nuestro pueblo, especialmente las zonas de las que nos habéis trasladado quejas, apercibiendo a los propietarios causantes de las molestias y levantando el Acta de Infracción correspondiente.